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Elecciones telemáticas en federaciones deportivas, ¿es posible?

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En el ámbito deportivo español, la posibilidad de llevar a cabo elecciones telemáticas en las federaciones deportivas ha sido un tema de discusión. Veamos cómo se ha regulado esta cuestión y qué requisitos legales y estructuras organizativas se deben considerar.

Regulación del Voto Electrónico: Un Cambio en el Paradigma Electoral

La Orden ECI/2764/2015 supuso un cambio significativo al permitir la incorporación de las nuevas tecnologías en la elección de los presidentes de las federaciones deportivas españolas. Sin embargo, la Orden EFD/42/2024 es la que establece las pautas para la elección de asambleas generales y sus presidentes, cada cuatro años.

Teniendo en cuenta la normativa, las federaciones deben elaborar un reglamento electoral aprobado por el Consejo Superior de Deportes (CSD), cubriendo aspectos cruciales. Este reglamento, además de seguir las normas estatutarias, debe contemplar circunscripciones electorales, los sistemas de votación y otros detalles esenciales.

El Real Decreto 1835/1991 detalla los requisitos que deben contener los Estatutos de las Federaciones deportivas españolas. Entre estos destacan las competencias, la estructura orgánica y los derechos y deberes de sus miembros.

Estos estatutos, una vez aprobados por el Consejo Superior de Deportes (CSD), se publicarán en el BOE y se registrarán en el correspondiente Registro de Asociaciones Deportivas, consolidando así su validez legal.

Voto Electrónico: Transformación en el Proceso Electoral

El Consejo Superior de Deportes ha regulado la utilización de medios electrónicos en las elecciones de federaciones deportivas, revolucionado el proceso electoral. Este sistema, que sólo se concibe de forma presencial, se basa en una urna electrónica de pantalla táctil, que busca facilitar el ejercicio del voto. Además de la votación electrónica, el sistema garantiza la grabación, recuento y transmisión de resultados, proporcionando eficiencia, seguridad y accesibilidad para todos los electores.

El voto electrónico ofrece numerosas ventajas, acercando a los electores a la tecnología, reduciendo costos asociados a métodos tradicionales y mejorando la fiabilidad de los resultados. La implementación de este sistema minimiza el tiempo de recuento y consolidación, haciendo el proceso más sencillo y accesible para personas con discapacidades.

La solicitud del procedimiento de voto electrónico puede ser realizada por candidatos a la presidencia de una federación deportiva española, según la Orden ECI 3567/2007. 

La regulación del CSD respecto a las urnas electrónicas no impide que las federaciones deportivas puedan implementar elecciones telemáticas. Al no existir una regulación concreta respecto al voto online en tiempo real, en el caso de que se quiera emplear, las federaciones deben incluirlo en sus reglamentos electorales, teniendo en cuenta lo establecido por sus estatutos.

Posibilidad de Implementar Elecciones Telemáticas en federaciones deportivas: Un Desafío y una Oportunidad

La implementación de elecciones telemáticas en federaciones deportivas podría ser posible sólo si el reglamento electoral lo contempla expresamente. Aunque la orden ministerial no lo prohíbe, es necesario que las federaciones adapten sus estatutos para incluir el voto telemático, pudiendo así ajustarse a un mundo en constante cambio.

En conclusión, el panorama de las elecciones telemáticas en federaciones deportivas es un terreno que evoluciona, donde la regulación, la adaptabilidad y las ventajas tecnológicas se combinan en busca de un proceso de votación más eficiente y accesible en el ámbito deportivo español.

Si tienes más preguntas o deseas profundizar en este tema, estamos aquí para ayudarte. Contáctanos para seguir explorando cómo la tecnología está transformando el proceso electoral en el ámbito deportivo español.

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